Este año se cumplen dos décadas de la promulgación de la Resolución N°1593 (2002), en el territorio bonaerense de la república Argentina. El campo de acción, es el nivel medio de la educación. El fin, regular la convivencia escolar.
La resolución introduce la dimensión de la convivencia como hecho educativo. Reconociendo a la escuela secundaria como espacio de relaciones vinculares, en el que interactúan “Sujetos de Derecho”, tanto jóvenes como adultos.
Esta mirada comenzó en Argentina (y al tiempo en la provincia de Buenos Aires) durante la década de 1990, con la descentralización del sistema educativo. Tomando fuerza de aplicación a fines de la década.
Hasta ese momento, sólo existía un marco normativo regulatorio para todo el territorio nacional. Era el sistema de amonestaciones, regulado por medio del Decreto N° 150.073 del año 1943. Así, la convivencia escolar tenía un enfoque punitivo, donde la transgresión era penada.
Sin embargo, con “la reapertura democrática de 1983, de una tendencia cuyas notas centrales fueron el reclamo de una escuela más participativa y democrática” (Alvarez Prieto, 2010, p. 127), y con la descentralización del sistema educativo en los 90 (a partir de la Ley Federal de Educación), cada jurisdicción comienza a trabajar sobre su territorio. Se buscaba una nueva mirada en las relaciones sociales escolares: la convivencia escolar como hecho educativo.
Así, en Provincia de Buenos Aires la Resolución 1593 del año 2002 es la que normativiza el cambio. Como afirma Friedman (2013) comienza la “conformación del Sistema Escolar de Convivencia, donde prima una concepción democratizante de las relaciones al interior de la escuela, se impulsa una mayor participación de los alumnos y se constituyen diferentes espacios colectivos de resolución de conflictos”. (p. 1)
Sin embargo, las bases normativas del contexto actual se hallan en el año 2006 con la sanción de la Ley de Educación Nacional 26.206. El Consejo Federal de Educación, toma nota de ello, y visualiza que la convivencia en la escuela en ese momento no se encontraba en sintonía con la vigente ley de educación. Por ello alienta que se debe “avanzar en la revisión y/o producción de nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos”. Es así, que la Resolución 93/09 del Consejo Federal de Educación, en el documento Orientaciones para la organización pedagógica e institucional de la educación secundaria obligatoria,
reza
En el ámbito nacional, la Ley de Educación Nacional 26.206 establece la obligatoriedad del nivel secundario (Art. 16, 29). Este mandato nos coloca frente al desafío de revisar estructuralmente las instituciones de modo tal de garantizar las condiciones necesarias para el acceso, la permanencia y el egreso del nivel al conjunto de la población. (CFE, 2.1). (p. 19)
El documento del Consejo federal de Educación (p. 20), indica el marco legal para la elaboración de los Acuerdos de convivencia. Siendo necesario producir una normativa jurisdiccional sobre convivencia escolar (Resolución, Decreto o Ley) que se ajuste a los principales instrumentos legales a nivel internacional y nacional de mayor alcance.
Como se señala en Friedman (2013) la Ley de Educación Nacional 26.206 establece la educación secundaria “como años de escolarización obligatorios. De este modo se afirma con mayor fuerza el concepto de inclusión educativa, y con ello aparecen apoyos y resistencia.” (p. 9). Lo mismo hace la Ley de Educación Provincial 13.688, en consonancia con la nacional. Por tanto, se deben adecuar las normas de convivencia escolar, para que en sintonía con la legislación emergente favorezca los procesos de inclusión educativa. Ya la Resolución 1593/02 comenzaba ese camino en la provincia de Buenos Aires. Pero es en el año 2009, que en relación con la Resolución 93/09 del Consejo federal de Educación, y con las vigentes Leyes de educación, que se promulga la Resolución 1.709/09, sobre Acuerdos Institucionales de Convivencia (AIC). Y años más tarde, en 2015, la Ley 14.750 (regula la promoción sobre la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativa).
En síntesis. A veinte años de una nueva mirada en la convivencia escolar Argentina (Resolución 1593/02). A 13 años de la normativa vigente (Resolución 1.709/09). Con nuevas leyes donde se ganaron derechos sociales. En un contexto globalizado, hiper conectado, pospandémico, y de recientes conflictos bélico. Por todo ello, surge el interrogante si estamos en el punto de volver a repensar la convivencia escolar del sistema educativo bonaerense, y de promulgar el marco legal que la regularice.
Referencias bibliográficas
Alvarez Prieto, N. (2010). La evolución del régimen de disciplina en el nivel medio de enseñanza. Ciudad de Buenos Aires, Argentina (1943-2010). La evolución del régimen de disciplina en el Nivel Medio de enseñanza. Ciudad de Bue.pdf
Friedman, D. (2013). Análisis de los cambios normativos en la regulación de la convivencia escolar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Denise Fridman (2013). Análisis de los cambios normativos en la regulación de la convivencia escol.pdf
Friedman (2013). Cambios normativos en la regulación de los sistemas de convivencia escolar. Fridman.pdf
Ley 26.206 de Educación Nacional (2006).
Ley 13.688 de Educación provincial.
Ley 14.750. Provincia de Buenos Aires. Promoción sobre la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas
Resolución 93 de 2009. Consejo Federal de Educación. Orientaciones para la organización pedagógica e institucional de la educación secundaria obligatoria.
Resolución 1.709 de 2009. Dirección General de Cultura y Educación. Sobre los Acuerdos Institucionales de Convivencia.
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