La atribución otorgada al notario para que pueda nombrar curador especial por segundas y posteriores nupcias de sus padres, en el caso de que los hijos no posean bienes, permitirá reducir reducir la carga procesal que existe en los procesos judiciales ordinarios, en aplicación a los principios constitucionales de tutela judicial efectiva, seguridad jurídica, celeridad...
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