El delgado hilo entre el resguardo y la desprotección
Durante años he acompañado a adolescentes que han sido separados de su familia. Algunos llegan con una bolsa de ropa; otros, apenas con una explicación incompleta de por qué ya no pueden volver a casa. Casi todos traen la misma necesidad, aunque no siempre sepan nombrarla: encontrar un lugar donde puedan bajar la guardia y confiar en que alguien permanecerá. Desde la dirección de una asociación civil he comprendido que recibirlos no nos convierte automáticamente en sus protectores. La protección se demuestra cada día, en la forma de escuchar, cuidar, corregir y reconocer cuando también nosotros fallamos.
He aprendido que existe un hilo muy delgado entre resguardar a un adolescente y protegerlo verdaderamente. Una institución puede ofrecer techo, alimento, escuela y atención profesional, y aun así equivocarse en lo cotidiano. Puede responder tarde a una necesidad, privilegiar el orden sobre la escucha, interpretar el enojo como simple indisciplina o perder de vista la historia que existe detrás de una conducta. Estas fallas también pueden suceder en la asociación civil que dirijo. Reconocerlo no debilita nuestro trabajo; nos obliga a hacerlo con mayor honestidad y responsabilidad.
No conozco desde dentro el funcionamiento de todos los centros de asistencia social y no sería responsable hablar como si así fuera. Lo que conozco son las experiencias que algunos adolescentes comparten sobre los lugares por los que han pasado: cambios repentinos, adultos que se fueron sin despedirse, reglas que no comprendieron, momentos en los que sintieron que nadie les creyó o etapas en las que encontraron a una persona que sí los escuchó. Sus relatos no sustituyen una investigación ni autorizan a condenar una institución, pero tampoco deben ser descartados. Son parte de su historia y de la manera en que aprendieron, o dejaron de aprender, a confiar.
También debemos mirar con cuidado el punto de partida. Una familia con carencias económicas necesita apoyos; la pobreza, por sí sola, no demuestra incapacidad para cuidar. Las Directrices de las Naciones Unidas sobre las modalidades alternativas de cuidado señalan que la separación debe ser el último recurso, temporal cuando sea posible y sujeta a revisión. Antes de romper un vínculo, es necesario preguntar si podía fortalecerse con acompañamiento, tratamiento, alimentación, vivienda, educación o una red comunitaria.[1]
Cuando la separación es indispensable, comienza una responsabilidad aún mayor. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que los centros deben proporcionar un entorno seguro y afectivo, atención integral y personal capacitado y suficiente, además de revisar periódicamente la situación de cada residente.[2]
La ley marca un piso indispensable; la experiencia cotidiana revela cuánto trabajo hace falta para convertir ese mandato en una relación humana que el adolescente pueda sentir como segura.
En nuestra propia práctica he visto que no basta con tener profesionales o un programa escrito. Un expediente completo no consuela a un joven durante una noche difícil. Un horario lleno de actividades no reemplaza una conversación oportuna. Una sesión semanal puede perder fuerza si el resto de los adultos responde con mensajes contradictorios.
La verdadera atención aparece cuando psicología, medicina, psiquiatría, trabajo social y cuidadores comparten información, sostienen acuerdos y comprenden que una crisis no es solamente un problema que debe apagarse, sino una señal que necesita ser entendida.
También he tenido que reconocer fallas dentro de la institución que dirijo. A veces el cansancio del equipo reduce la paciencia; otras veces una regla se aplica antes de escuchar el contexto, un registro se completa tarde o una decisión no se explica con suficiente claridad al adolescente. Hay momentos en los que creemos estar conteniendo y el joven se siente castigado.
La responsabilidad institucional comienza precisamente ahí: cuando dejamos de defendernos, revisamos lo ocurrido y corregimos lo que está en nuestras manos.
Los espacios físicos importan, pero no puedo afirmar cómo son aquellos que no conozco personalmente. Sí puedo hablar de lo que revisamos en nuestra casa y de lo que los propios adolescentes nos enseñan a observar: privacidad para asearse y cambiarse, lugares donde puedan estudiar o hablar sin sentirse exhibidos, distribución que reduzca riesgos y ambientes que no recuerden permanentemente el encierro.
Una cama disponible no equivale a una capacidad real de atención. La capacidad depende de cuántas necesidades podemos acompañar de manera segura y digna.
Una de las preguntas más difíciles es qué entendemos por qué un adolescente esté bien. La obediencia, el silencio o la ausencia de incidentes pueden tranquilizar a los adultos, pero no describen por completo su bienestar. Necesitamos saber si se siente seguro, si puede pedir ayuda, si comprende las decisiones que afectan su vida y si existe al menos una persona adulta a la que acudir sin temor.
A veces una inconformidad que parece desafiante es la única forma que ha encontrado para decir que algo le duele.
Por eso la voz de quienes viven bajo nuestro cuidado debe ocupar un lugar real. No basta con preguntarles cómo están frente a todos o cuando la respuesta parece obvia. Necesitan espacios confidenciales, formas de queja comprensibles y la certeza de que hablar no traerá represalias. Escucharlos no significa aceptar sin revisión cada versión; significa tomarla en serio, contrastarla y responder.
En mi experiencia, cuando un adolescente comprueba que su palabra produce una acción justa, empieza a reconstruir algo que muchas veces llegó profundamente dañado: la confianza.
La protección también depende de quienes cuidan. Ningún modelo funciona si el personal está exhausto, cambia constantemente o enfrenta una crisis sin supervisión. La capacitación, los descansos, la estabilidad laboral y el acompañamiento profesional no son asuntos secundarios. En nuestra asociación seguimos trabajando para que estas condiciones sean cada vez más consistentes, porque el desgaste de un adulto puede convertirse, sin intención, en distancia, dureza o respuestas poco sensibles hacia quien depende de él.
Para no quedarnos únicamente en buenas intenciones, debemos revisar información concreta: cuántos adolescentes cuentan con valoración y plan individual vigente; si reciben efectivamente la atención indicada; si mantienen continuidad escolar; cuánto rota el personal; cuánto tardamos en responder una queja o un incidente; y qué cambios se realizaron después. Estos indicadores no explican por sí solos la calidad humana del cuidado, pero permiten detectar brechas y evitar que las promesas institucionales permanezcan solamente en el papel.
La autoridad conserva responsabilidades después de canalizar a un adolescente. La ley le atribuye funciones de autorización, registro, certificación y supervisión de los centros.[2] Pero quienes dirigimos estos espacios tampoco podemos esperar a que una visita oficial descubra nuestras fallas. Debemos revisar nuestro trabajo, documentar lo que ocurre, pedir ayuda cuando los recursos no alcanzan y aceptar observaciones sin convertirlas en una ofensa personal. Rendir cuentas es otra forma de cuidar.
Con el tiempo he entendido que proteger no significa prometer que nunca nos equivocaremos. Significa no ocultar el error, reparar lo posible y aprender antes de que vuelva a repetirse. Cada adolescente que llega a una institución ha perdido ya demasiado: personas, lugares, rutinas y certezas. No deberíamos pedirle, además, que renuncie a su voz para merecer cuidado. El delgado hilo entre el resguardo y la desprotección se sostiene cuando podemos mirarlo a los ojos y decirle, con hechos y no solamente con palabras: tu historia importa, tu seguridad importa y nosotros también estamos dispuestos a cambiar para cuidarte mejor.
[1] Asamblea General de las Naciones Unidas. Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños, A/RES/64/142 (2010), párrafos 14 y 15. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2010/8064.pdf
[2] Cámara de Diputados. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículos 107 y 109. Texto consultado con última reforma indicada del 15 de enero de 2026. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
Luis Omar Orozco A
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