Desde que apareció el hombre en el planeta, estuvo totalmente sometido a todas las fuerzas del ambiente natural, él desconocía las leyes y los mecanismos que rigen el funcionamiento de la naturaleza. Comenzó entonces un largo camino en el que el mismo tenía que dedicar gran parte de sus energías para conseguir los alimentos necesarios y escapar de los peligros que le asechaban en su entorno natural fue así que comenzó a destruirse el Medio Ambiente, la pérdida de recursos biológicos y su diversidad ponen en peligro el suministro de alimentos, la provisión de maderas, medicamentos, energía, y las oportunidades para el recreo y el turismo además, interfiere con las funciones ecológicas esenciales tales como el control de la erosión del suelo, la asimilación de desechos, la purificación del agua, el ciclo del carbono y otros nutrientes.
De manera pues, todas estas actividades desarrolladas por el hombre generan los bienes y servicios que garantizan su bienestar social. Estas, cada día son más complejas y requieren del uso de tecnologías más avanzadas, de forma tal que mantengan un alto nivel de productividad. Sin embargo, muchas de esas actividades son fuente de contaminación y destrucción del ambiente, que en ocasiones provocan consecuencias graves e irreparables en el ecosistema. En efecto, en la se observa que en la se han incrementado el número de fenómenos naturales que afectan y arremeten contra la humanidad y todo ello ha sido producto del acelerado ritmo del efecto invernadero a raíz del uso inescrupuloso de los recursos naturales por parte del hombre sin tener en cuenta los daños que causa a corto largo y mediano plazo.
En este sentido, se tiene que la sociedad actual en búsqueda de satisfacer sus necesidades y tener beneficios de los recursos naturales, incurre en delitos de orden ambiental sin tener incluso conocimiento de que lo está cometiendo, hay que recordar que delito ambiental no es más que aquellas acciones que realizan las personas y las industrias que afectan gravemente los elementos que componen los recursos naturales como el aire, el agua, el suelo, la fauna, la flora, los minerales y los hidrocarburos están tipificadas en nuestra constitución. Eso significa que están descritas en las leyes como prohibidas y su violación trae como consecuencia sanciones civiles y penales. Cada día es más frecuente las conductas delictivas contra el ambiente. Es por ello, que en la mayoría de los países, han visto con preocupación este fenómeno delictivo y han incorporado en sus códigos penales este delito.
Respecto a ello, tenemos que la conducta dañosa del medio ambiente puede provenir tanto de sujetos particulares o privados, como del Estado y sus instituciones, entendiendo por esta tanto la administración centralizada como la descentralizada. La conducta dañosa del Estado puede ser activa u omisiva, de manera activa cuando por medio de sus funcionarios o servidores, obrando lícita o ilícitamente, en cumplimiento o no de planes debidamente aprobados, causa daño al equilibrio ambiental; y omisiva, cuando, por medio de sus instituciones y funcionarios omite controlar, vigilar, monitorear y sancionar las actividades de los particulares que degradan o contaminan los elementos constitutivos del ambiente.
Ante lo último expuesto en el párrafo anterior, cabe señalar que en nuestro país, existe un deber constitucional de garantizar, prevenir y restaurar el medio ambiente degradado, el cual por su naturaleza de derecho social es irrenunciable e indisponible, lo que obliga tanto al Estado como a los particulares a ejercer acciones judiciales y/o administrativas tendientes a su prevención, cesación y recomposición, deber que a todas luces jamás podría ser consentido válidamente por sus víctimas, ni estar sujeto a plazos de prescripción, pues siempre y en todo momento éstos tienen la facultad de accionar en su defensa, lo que nos lleva necesariamente a deducir necesariamente la imprescriptibilidad de dichas acciones.
En este sentido, el estado venezolano para desempeñar tales acciones, ha nombrado a diferentes instituciones para resguardar la conservación del medio ambiente y ha creado leyes que penalizan a las personas que cometan actos que atenten contra la naturaleza y su preservación. En efecto, las Fuerzas Armadas Nacionales, específicamente en el componente de Guardia Nacional Bolivariana, fungen como veladores del ambiente y para ello desarrollan una serie de funciones, así mismo como todos los Funcionarios de la Policía Nacional los deben velar si fuera el caso. Sin embargo, a pesar de contar con leyes que tipifican los delitos ambientales y penalizan a quienes los cometen e instituciones que trabajan en función de proteger y resguardar el ambiente, cada día son más frecuentes las conductas delictivas contra el ambiente.
Ahora bien, esta realidad ambiental es la misma en todo lo largo y ancho del planeta y Venezuela no es la excepción pues a diario se ve como sus habitantes cometen ilícitos ambientales entre los que destacan, la tala, la caza de especies en extinción, y la contaminación de sus ríos por parte de empresas y particulares, todo ello a pesar de la ardua labor de los diversos entes policiales y gubernamentales por resguardar la fauna y flora silvestre en todo el territorio nacional
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